10 agosto 2017

Olvide arrastrar el saldo a favor del año anterior. Que hacer.

El decreto 2277 del 6 de noviembre del 2012, en su articulo 13 establece que los saldos a favor en una declaracion de renta o iva, se pueden imputar en la declaracion del siguiente periodo.
O sea que si a uno se le olvida hacerlo, esa platica se perdio, y si quiere recuperarla tendría que corregir la declaracion en la cual se le olvido imputar ese saldo a favor, y hablando que dicho periodo no se hubiese estado obligado a presentar declaracion, se puede presentar y así poder aprovechar el saldo a favor en la siguiente declaracion, estos saldos a favor no tiene limite de arrastre para los periodos siguientes.

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