El próximo 29 de abril del 2017, es
el plazo máximo para que los contribuyentes de la DIAN, que tengan declaraciones
presentadas de forma ineficaz, realicen la formalización de presentación de las
mismas, sin pagar sanción, esto fue ordenado en la Ley 1819 del 2016.
Una declaración presentada y
considerada ineficaz es cuando no llena los requisitos que la ley establece,
como lo es pagarla dentro del plazo que hay para ello, esto cobija más que todo
a las declaraciones de retención en la fuente, autorretencion de cree, o también se considera ineficaz, si presenta
la declaración con un periodo fiscal que no estipula la ley, esto aplica
generalmente a las declaraciones de IVA.
Por lo tanto solicite a su contador
de confianza que realice un análisis de sus declaraciones fiscales y le diga
cuales pueden estar en esta situación, para subsanarlas en estos dos días, que
vienen antes que se pase la oportunidad de arreglar estos errores sin pagar
sanción.
Recuerde que después de cada amnistía
que da el gobierno, entran a ajustar a las personas que están inmersas en estos
errores.
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