10 agosto 2017

Olvide arrastrar el saldo a favor del año anterior. Que hacer.

El decreto 2277 del 6 de noviembre del 2012, en su articulo 13 establece que los saldos a favor en una declaracion de renta o iva, se pueden imputar en la declaracion del siguiente periodo.
O sea que si a uno se le olvida hacerlo, esa platica se perdio, y si quiere recuperarla tendría que corregir la declaracion en la cual se le olvido imputar ese saldo a favor, y hablando que dicho periodo no se hubiese estado obligado a presentar declaracion, se puede presentar y así poder aprovechar el saldo a favor en la siguiente declaracion, estos saldos a favor no tiene limite de arrastre para los periodos siguientes.

08 agosto 2017

PAGAR ONLINE LA DECLARACION DE RENTA 2016

Si ya presentaste la declaracion de renta 2016 y no quieres ir al banco a pagarla, lo puedes hacer con tu cuenta bancaria.  Mira como aquí abajo.


PRESENTACION ON LINE DE LA DECLARACION DE RENTA 2016

Para los que estan entrando en el manejo del portal de la DIAN,  adicional un truco para firmar declaraciones sin necesidad de tener que solicitarle al cliente el codigo que le envial al email.




06 agosto 2017

IMPUESTO A LA BOLSAS O IMPUESTO VERDE


¿Quien es el responsable?
Todo contribuyente que sea responsable del iva en el regimen común.
El vendedor, perteneciente al régimen simplificado del IVA, no está obligado a cobrar y declarar este impuesto, ej: el tendero de barrio con ingresos anuales de $104 millones (3.500 UVT) no deberá cobrarlo en su establecimiento pese a que entregue bolsas plásticas con la finalidad señalada en el artículo 512-15 del E.T.

¿Desde cuando aplica en Colombia este impuesto?
A partir del mes de julio del 2017.

¿De cuanto es el impuesto a las bolsas?
La Ley 1819 estableció que para el año 2017 se pagará $20 por cada bolsa plástica. El valor se incrementará en $10 por cada año hasta el año 2020, en el cual se pagará $50 por cada bolsa plástica.

¿En que formulario debo declarar este impuesto?
La DIAN dispuso el Formulario No. 310 IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO, para la presentación de la declaración del Impuesto Nacional al Consumo correspondiente al año 2017.
En las casillas 40 a 49 se determina y liquida el impuesto, el cual se debe sumar a la casilla 50.

¿A quien se le cobra el impuesto a las bolsas?
A cualquier cliente que opte por pedir bolsas plásticas para llevar los productos que nos compre, se le debe cobrar el impuesto a la bolsa.

¿Debo actualizar el rut con la responsabilidad del impuesto al consumo?
Si usted va a entregar bolsas plásticas en su establecimiento debe actualizar su responsabilidad en el RUT, y presentar la declaracion de Impuesto al consumo cada dos meses.

¿Tiene alguna sanción no cobrar este impuesto?
La DIAN, tiene la facultad de verificar el cobro de dicho impuesto en las facturas que se emiten.







25 julio 2017

¿¿¿Que sabe la DIAN de ti????

Debemos saber que la DIAN, con su mecanismo del reporte de información exogena, cada año cierra mas la brecha entre la evación y la obligación de pagar impuestos o declarar adecuadamente.

 

En este video mira como saberlo.

01 mayo 2017

¿Cúal programa de contabilidad puedo usar?

Debes evaluar lo siguiente:
1. Presupuesto de la empresa que lo va a comprar. Porque primero la plata, porque eso te indicara que versión puedes compra de los programas que analices, para tomar la decisión.
2. Cantidad de personas que intervienen en el proceso de la información contable, hay programas que se parametrizan y al momento de hacer el documento de soporte, por ejemplo: comprobante de egreso, el sistema inmediatamente hace la contabilización, sin que el funcionario, que esta haciendo el comprobante de egreso, se de cuenta. Esto facilita mucho el proceso contable.
3. Portabilidad, esto quiere decir que si hay la necesidad de consultar desde varios sitios, en cuyo caso hay que optar por un programa que este en la nube.
4. Soporte. Si se escoge un programa que no hayas manejado, averigua primero como es el soporte técnico, y si tiene apoyo de enseñanza por medio de vídeos que estén ya subidos a la web. 5.Si se toma la opción de un programa en la nube, que también se pueda acumular información en el pc y luego actualizarlo, en caso que se queden sin conexión a la internet.
5. Numero de empresas que se vayan a trabajar, ya que hay programas que cobra por empresa y no por licencia.
6. Facilidad de manejo, esto quiere decir que sea inductivo y no requiera gran cantidad de tiempo para entrenar la persona que lo vaya a manejar.
7. Que maneje todos los requisitos que exige la normativo de tu país y de tu localidad. NIIF, y los procesos de impuestos de cada región.

8. Facilidad de auditoria de la información contable, y recuperación de copias de seguridad.

9. Reportes. Si emite los estados financieros completos con sus revelaciones, y otros reportes de manera automática, que te permitan analizar prontamente la información financiera para toma de decisiones.

10. Que maneje todos los módulos integrados de manera automática incluido los procesos que requiera el cliente en su sistema contable, ejemplo: Nomina, inventarios, cartera, impuestos, medios magnéticos, facturación,

11. Que genere copias de seguridad de manera automática y en medios externos, y que a cada usuario se le puedan dar permisos correspondiente a sus labores, sin que pueda interferir en procesos que no le corresponden.
En resumen, seria bueno tomarse un tiempo para hacer este cuadro comparativo de todas estas opciones, para cada una de las opciones, que se te presenten en el mercado.

27 abril 2017

Formato 1732 que da origen al formulario 110 renta año 2016.

La DIAN emitió las versiones finales de los formularios 110 y 1732, para el año gravable 2016, mediante la expedición de su Resolución 000019 del 28 de marzo de 2017.
Para la declaracion por el año gravable 2016, la Resolución 000019 de 2017, indicó, en el parágrafo 1 del artículo 2, que aquellos contribuyentes que por indicación de los decretos reglamentarios del proceso de convergencia se encontraron durante 2016 en implementación plena de los nuevos marcos normativos de información financiera, solo deben diligenciar la columna “valor fiscal” conforme a las indicaciones del estatuto tributario.
El Decreto 2496 de 2015 en su artículo 2, otorgó un aplazamiento en el cronograma de convergencia de algunas entidades sin ánimo de lucro. En particular, las únicas entidades habilitadas por 2016 para omitir la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos, son los preparadores de información financiera del grupo 2 que sean cajas de compensación familiar o que pertenezcan al sistema general de seguridad social en salud –como las EPS e IPS–. Algo semejante le ocurre a las entidades de naturaleza solidaria, pero solamente con relación a los aportes.

Quiénes deben presentar el Formato 1732.

  1. Los grandes contribuyentes calificados como tal por resolución de la DIAN que para el año gravable 2016 fueron los mismos que se habían indicado previamente para el año 2014 mediante la Resolución 000254 de 2014
  2. Los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2016 tuvieron la calidad de agencias de aduanas.
  3. Las personas naturales y jurídicas o asimiladas que al 31 de diciembre de 2015 tuvieron ingresos o patrimonio bruto superior a   $1.272.555.000 (45.000 UVT).
Si quieres bajar a tu computador el prevalidador ve a la direccion.

http://www.dian.gov.co/descargas/prevalidador/2017/Prevalidador_DIAN_RelevanciaTributaria_AG2016_v1.2-17.exe

Si quieres el formato 1732 en pdf, copia esta direccion en tu navegador.

http://www.dian.gov.co/descargas/normatividad/2017/Resoluciones/Resolucion_000019_28_de_Marzo_2017/Formulario_1732_2017.pdf

Pago Renta 2024 PN2